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LEYES PRIVADAS

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Posted By DAM Firm | August 30 2016 | Spanish

Artículo 16-36

La inmensa mayoría de leyes en este país son leyes públicas.  Ello significa que aplican equitativamente a todo el público.  Quien sea que viole la ley es por igual sujeto a las mismas consecuencias.  Todos tienen derecho a usar las mismas defensas legales y a reclamar los mismos derechos y los remedios legales porque éstas son “Leyes Públicas”.  Aunque cada persona debe todavía comprobar que él/ella califica para el beneficio de una ley pública, dicha ley está disponible para todos.  Por ejemplo, la ley sobre la negligencia permite que toda persona que demuestra que él o ella fue lesionado por la negligencia de otra, tenga derecho a una compensación justa.

 
La Constitución de Estados Unidos también permite que se promulguen leyes privadas.  Aunque pocos miembros del público son conocedores de las leyes privadas, estas pueden ser muy útiles a las personas que con éxito persuaden al Congreso de EE.UU. a aprobar una ley privada.  Las leyes privadas son aquellas que solamente benefician a una persona o a un pequeño grupo de personas en situaciones o circunstancias especiales.  Imagínese como sería si el Congreso de EE.UU aprobara una ley que le de a usted el derecho legal a hacer algo que la ley pública le niega.  De hecho más de 7,300 leyes privadas han sido promulgadas desde que fueron autorizadas por primera vez en 1839.

 
El Presidente Obama firmó en años recientes dos leyes privadas que beneficiaron solamente a las personas mencionadas por nombre en esas leyes.  En el primer caso, la ley le otorgó estatus migratorio legal permanente a la viuda de un Marine de EE.UU.; ella dio a luz al hijo de ambos después que mataron al padre en Iraq.  En el segundo caso, a un hombre en California le dieron estatus migratorio legal permanente porque su madre murió en un accidente vehicular antes de adoptarlo.  En cada uno de estos casos, los referidos beneficiarios de estas leyes privadas no calificaban para el estatus migratorio legal bajo nuestras leyes de inmigración.

 
Aunque las leyes privadas pueden usarse para otras situaciones con circunstancias especiales, los casos de inmigración son los más comunes.  Todo aquel que busque que le promulguen una ley privada debe encontrar a un miembro del Congreso (Senador o Congresista) que propondrá la ley privada y la patrocinará.  Luego la ley privada debe pasar el mismo proceso que las leyes públicas. Debe ser aprobada por el Senado y la Cámara de Representantes y ser firmada por el Presidente.

 
La propuesta de una ley privada de inmigración para otorgar estatus legal permanente a una persona que enfrenta deportación no detiene automáticamente la deportación.  Sin embargo, los Funcionarios de Inmigración usualmente suspenderán el procedimiento de deportación  sí el Congresista patrocinador lo solicita por escrito.  El Senador o Representante del Congreso que propone la ley privada debe entregar evidencia de que es necesaria para evitarle “Dificultad  Extrema o Inusual”  al beneficiario o a un cónyuge, padre, o hijo ciudadano de EE.UU.

 
Las leyes privadas de inmigración más recientes han sido promulgadas para beneficiar a personas que no califican bajo las leyes públicas por faltas que no son propiamente de ellas.  Los ejemplos incluyen errores o excesivos retrasos de las agencias gubernamentales que procesan las solicitudes o peticiones.  Aunque solo se aprueban de manera excepcional casos apremiantes que involucran extrema dificultad, las leyes privadas pueden traer excelentes resultados para ciertas personas.

 
 
 
JESS J. ARAUJO, ABOGADO

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