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ACUSACION POR TRANSPORTAR EXTRANJEROS ILEGALES ES DESESTIMADA POR CORTE FEDERAL

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Posted By DAM Firm | October 28 2016 | Spanish

Artículo 16-40
 
Ricardo Valadez fue parado y citado por un oficial de policía por “obstruir el tráfico”. Un registro del interior del camión del Sr. Valadez reveló varios inmigrantes indocumentados. El Sr. Valadez también fue acusado de “transportar inmigrantes ilegales”.  Su abogado registró una petición para excluir toda evidencia encontrada en el camión aseverando que la detención fue ilícita.  El abogado dijo correctamente que un oficial de policía debe, con pocas excepciones, tener una “sospecha razonable” que una ley ha sido violada antes de parar a un conductor. Esto es requerido bajo la 4a enmienda a la Constitución de Estados Unidos.

 
El policía dijo que paró al Sr. Valadez porque iba a 45 mph (millas por hora) en una zona de 55 mph.  Dijo que sintió que a 45 mph, el Sr. Valadez estaba impidiendo el tráfico y podría causar un accidente por los vehículos que se le acercaban rápidamente por detrás.  El oficial no intentó rebasar el camión del Sr. Valadez ni vió que otros carros intentaran rebasarlo.  El juez del juicio en la Corte Federal de Distrito coincidió con el policía de que hubo una sospecha razonable que se había violado una ley de tráfico, que justificaba la parada.

 
La Corte Federal de Apelaciones no estuvo de acuerdo y falló que el Sr. Valadez tenía razón.  La corte falló que “la policía no puede hacer una parada por supuestamente violar una ley estatal que prohíba la obstrucción del tráfico cuando la velocidad del conductor era solo moderadamente abajo del límite de velocidad”. La corte también dijo “la falla del oficial en no entender la evidente ambigua ley que le toca hacer cumplir no es objetivamente razonable”. La corte concedió la petición de excluir toda la evidencia obtenida después de la parada ilegal y mencionó muchos otros casos similares en otros estados.

 
Este caso es muy importante por varias razones.  Todos deberíamos recordar que todas las personas, sin importar su estatus migratorio están protegidas por la ley.  En este caso, el Sr. Valadez tenía derecho a un juicio, a hacer que la ley se aplicara apropiadamente en su caso, y a  apelar la decisión errónea del Juez de Distrito.  Tenía el derecho y la oportunidad de probar que lo que hizo el oficial de policía fue una violación a la Constitución de E.U. y que el juez del juicio estaba equivocado al aprobar la actuación del oficial.  Y, lo más importante, fue capaz de lograr que se le desestimara la acusación criminal de “transportar extranjeros ilegales” porque la evidencia de la ofensa fue obtenida ilegalmente y no era utilizable en corte.

 
Este caso, y muchos otros, demuestran el beneficio de consultar con abogados expertos para determinar sus derechos y los procedimientos para ejercerlos.  Se demostró que un oficial de policía y un juez Federal estaban equivocados y sus decisiones fueron corregidas por jueces Federales de Apelaciones.  El hecho que el Sr. Valadez estaba “transportando extranjeros ilegales” no justifica la violación de su derecho constitucional de dejarlo en paz a menos que exista una sospecha razonable de que violó la ley.

 
Negar a los oficiales de policía la capacidad de usar evidencia obtenida ilegalmente es la mejor manera de persuadirlos a obedecer la ley.  Si comprenden que las personas culpables quedarán libres porque la evidencia encontrada fue obtenida ilegalmente,  ellos, por regla general, seguirán la ley.

 
JESS J. ARAUJO, ABOGADO

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